LEY Nº 3213
Aprobando el Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte de La Nación y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la provincia de La Pampa
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3403 del 28-02-20.-
Promulgada el 18-02-20.-
Sancionada el 05-02-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°:Apruébase el Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia el día 30 de enero de 2020, ratificado por el Decreto N° 195/20, que forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°:Facúltase al Poder Ejecutivo a la suscripción de la adendas previstas en la cláusula “DÉCIMO CUARTA” del instrumento que se aprueba por el artículo anterior y/o al dictado de los actos administrativos necesarios y pertinentes a fin de asegurar su efectiva implementación.
Artículo 3°:Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los cinco días del mes de febrero de dos mil veinte.
REGISTRADA BAJO EL N° 3213
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 1831/20
SANTA ROSA, 18 FEB 2020
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese. DECRETO N° 339/20 Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa -C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas -Ing. Juan Ramón GARAY, Ministro de Obras y Servicios Públicos.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:18 FEB 2020
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS TRECE (3213). José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación